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Cuidamos la calidad de tu agua
En el control analítico se llevan a cabo determinaciones para garantizar la ausencia de microorganismos, productos químicos indeseables y para conocer las características físico-químicas y organolépticas del agua distribuida. Así, se analiza la presencia de más de 100 parámetros de tipo microbiológico, químico y físico. Todos estos parámetros son analizados sistemáticamente en laboratorio acreditado, de acuerdo con lo exigido por la legislación, conforme a la norma ISO 17025.
Aguas de Murcia realiza más de 222.000 determinaciones analíticas anuales en agua de consumo humano.
Las analíticas son realizadas por laboratorios acreditados, garantizando los máximos estándares de fiabilidad en cuanto a los resultados obtenidos. Estos resultados son posteriormente enviados al Ministerio de Sanidad y volcados en el Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC).
En dicha web hay un acceso al ciudadano para que los usuarios puedan consultar la calidad del agua en cada municipio de España. Desde ahí, "clickando" en "Información actual sobre agua de consumo" se puede buscar el municipio deseado. Una vez hecho, aparece el listado de redes de abastecimiento que suministran en dicho municipio. Accediendo a cada una de ellas encontramos 2 pestañas con información sobre esa red: una pestaña con características del abastecimiento y otra pestaña sobre Calidad del Agua. En la primera pestaña se puede consultar a qué localidades abastece cada red. Dentro de la segunda pestaña aparece un apartado con análisis.
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Propiedades de las Infraestructuras
Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Murcia son gestionadas por EMUASA con CIF: A-30054209 y web: https://www.emuasa.es/, infraestructuras cuya propiedad pertenece al Excelentísimo Ayuntamiento de Murcia, con CIF: P-3003000-A y web: https://www.murcia.es/.La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC.
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Reclamaciones vinculadas a los conceptos del Real Decreto 3/2023
Durante el año 2023 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.
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Información sobre Plan Sanitario del Agua
El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.
La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.
El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.
Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.
Adicionalmente el PSA del abastecimiento de Murcia se encuentra certificado según la norma ISO 22000, que garantiza la inocuidad del agua suministrada.
Para el municipio de Murcia se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizando así la calidad higiénico-sanitaria del agua.